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El 28 de marzo de 1918, Andrés Molina Enríquez —conocido como el sociólogo de la Revolución y asesor del comité de diputados constituyentes que elaboró el proyecto del artículo 27 constitucional— publicó un artículo en el periódico El Pueblo, en el que explicó algunos puntos.
Molina Enríquez destacó el origen social de la propiedad como uno de los rasgos característicos del artículo 27, así como los antecedentes coloniales que permitieron fundamentarlo. Después de la Independencia de México y hasta antes de la Revolución, la historia agraria había sido la historia del ataque de los propietarios individuales, hacendados, contra los propietarios comunales, los pueblos; así como de los ataques de los especuladores y deslindadores contra las tierras nacionales calificadas como baldíos.
Subrayó también que la Constitución de 1917 restableció el equilibrio de la propiedad original correspondiente a la nación, como propiedad de origen social.